Sociedad y decisiones judiciales

        Quedan lejanos en el tiempo aquellos momentos en los que impartir justicia exigía enormes sacrificios sociales y familiares para quienes tuvieran que hacerlo. Con el extremismo que se veían las cosas, el juzgador debía mantenerse totalmente alejado de los integrantes de una sociedad que, en algún momento, podían verse sometidos a su veredicto. Independencia e imparcialidad en grados extremos, aun cuando la presión pudiera venir por otro lado.

        Avanza la sociedad y nos encontramos en un estado democrático donde los juzgadores, al igual que cualquier otro integrante de la sociedad civil, vive y se mueve en libertad, se relaciona con el resto de seres humanos sin ninguna otra limitación que la de mantener la consagrada independencia judicial reconocida en la Constitución Española (art. 117.3) y reproducida casi literalmente en la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985. Pero con este bullicio y estado de libertad, no puede resultar difícil ver la imagen –como yo he visto con mis propios ojos- que un magistrado que tenga que decidir un determinado pleito, haga running el fin de semana acompañado del abogado de una de las partes en litigio. No pasa nada pues la independencia, imparcialidad y el desinterés objetivo se dice que está inmersa en la profesionalidad de los integrantes de la carrera judicial. Y aunque por momentos se muestre con su actitud abierta el signo político que les atrae, o realice una abierta -y sana- crítica en redes sociales, por aquello de que tienen perfecto derecho a decantarse como personas, no hay impedimento para casi nada. Incluso para asistir casi permanentemente a conferencias impartidas y pagadas por Colegios de Abogados u otras organizaciones anejas de prácticas jurídicas, mirando la aureola de la institución sin reparar en que las invitaciones se producen por determinados profesionales que, sin querer, se acercan a los juzgadores para hacer cada día más fluida la relación.

JUICIO FINAL - El-juicio-final

       El caso es que de un extremo se pasa al otro y, digo yo, algo de influencia supondrá en esos cristalinos magistrados que nacen, viven, sienten y padecen igual que cualquier otro ser humano.

      No quiero decir, ni me atrevería a insinuarlo siquiera, que este cambio haya generado una especie de corruptela judicial que favorezca y dé la razón a los que gritan a voces diciendo que la justicia no es imparcial y que es utilizada por poderes políticos y por otros que igualmente se encuentran cercanos a la judicatura.

independencia judicial6

        Pero lo que sí está claro es que esa especie de burbuja que envolvía al juez para convertirlos, según palabras del humanista hispano Juan Luis Vives, en “personas graves, intachables, incorruptos, austeros…” (El Tempo de las Leyes) decae tanto como el principio clásico de división de poderes que preconizara Montesquieu. Hoy en la judicatura se lucha por escalar, hecho consustancial a la educación que se inyecta en las venas de los seres humanos, y a veces eso conlleva riesgos porque, cuando las decisiones dependen de la discrecionalidad de otros, la trayectoria meramente profesional o de antigüedad puede convertirse en un elemento secundario.

        Analizo la situación actual desde diversas lecturas de los artículos y opiniones que han ido vertiendo los propios afectados por este ambiente, y encuentro elementos que ayudan a la reflexión, decantando aspectos que inciden en el juzgador, esto es, desgranando una serie de criterios extrajudiciales que inciden -o pueden incidir- en las decisiones de los jueces, por muy irresistibles que quieran postularse. La reflexión que hago la extraigo desde una triple vertiente, cuáles pueden ser los factores objetivos, los subjetivos, y otros mixtos que están presentes o se muestran hacia la figura del juzgador.

         1. Los factores objetivos son, a su vez, de una variada casuística. Sin duda, la principal es la que proviene de los medios de comunicación. Estamos acostumbrados a ver cómo se realizan juicios paralelos y no faltan las tertulias televisivas o radiofónicas, los diarios regionales o nacionales, en los que con un análisis que a veces es más laborioso incluso que la instrucción judicial, se postulan resultados. Eso de la presunción de inocencia está cada vez más en desuso y, con un atrevimiento propio de quienes incluso dictan el fallo ejecutorio sin tener tan siquiera formación periodística, se erige en una especie de losa para el juzgador que se ve compelido a tomar decisiones a veces incomprensibles para quienes han vivido “el juicio popular”. ¡Cómo es posible que haya dictado tal o cuál pronunciamiento!, será la contundente afirmación que se haga ante cualquier distancia con lo que parecía obvio, aunque sea sin saber las reglas mínimas de cómo funcionan los procesos judiciales.

         Según la envergadura del asunto, la intervención de los medios produce una especie de presión mediática que hace muy difícil la postura del juzgador. Puede producirse, si no va en consonancia con el juicio de la calle, que el juzgador empiece a tener una especie de linchamiento mediático del que no siempre puede evadirse con el contumaz escudo de la imparcialidad e independencia. Qué decir de los llamados jueces-estrellas, para los que estos instantes son como de gloria pues asumir el papel estelar les produce una especie de estado similar a la que antaño producía la coronación romana.

       2. Entre los factores subjetivos se encuentran, ya lo avanzábamos antes, la ideología que profese el propio juzgador, sea religiosa, política o moral. La mentalidad que ha forjado el juzgador a lo largo de su vida condiciona su quehacer profesional. No parece posible despojarse de este abrigo cuando arrecia el frío. Leía hace poco que un magistrado de la Audiencia Provincial de Cantabria era expedientado por el Consejo General del Poder Judicial, al proponer como solución del conflicto latente que acudieran las partes a la Iglesia católica para reconciliarse.

Independencia-judicial

      3. Como factores mixtos podríamos incluir la edad y el sexo, que inciden igualmente en los juzgadores. En cuanto a lo primero, no me refiero tanto a la experiencia o inexperiencia que pudiera tenerse dentro de la judicatura, sino por la propia cultura adquirida en los momentos vividos. Es evidente que la formación académica y profesional se da en un contexto histórico y social en el que influyen corrientes ideológicas y dogmáticas específicas. En función de ello nos encontramos son asociaciones más o menos progresistas dentro de los juzgadores que, partiendo de lo que hay considerar un igual, sin embargo distingue y postula inclinaciones hacia uno u otro sentido. Es patente por ello que atendiendo a esa conexión corporativista nos podemos encontrar ejercicios prácticos plurales que estarán en conexión con los referentes de los sujetos que integran el cuerpo de judicatura.

        El interior de la judicatura no es unitario, y muchos son los integrantes del cuerpo que muestran a las claras las diferencias existentes entre los miembros de un mismo órgano jurisdiccional. Para llegar, incluso, a no relacionarse entre sí.

      También debe traerse a colación la diferencia de género. Aunque el mundo avanza con ideas igualitarias, en los que hombres y mujeres conviven sin pretensiones de distinción, lo cierto y verdad es que la perspectiva se torna un tanto diferenciada en función de quién juzga y quiénes son inculpados, testigos, acusadores y defensores. No vayamos más allá en las indicaciones pues podría deducirse erróneamente que pretenda entrar en posturas machistas o feministas. La invocación que hago es, exclusivamente, desde el plano de la diferente perspectiva con la que pueden verse las cosas. Basta observar la realidad de los pronunciamientos.

     En definitiva, nos encontramos ante una profesión francamente complicada, que obliga a mantener viva la llama que impida resquicios que relajen la mente por las influencias extrajudiciales que se pudieran recibir. Un sobreesfuerzo que debe exigirse con tanta fuerza como la de seleccionar a los mejores para el noble fin social de resolver conflictos dictando sentencias decisorias. Si acaso, mi preocupación viene con la rutina y la relajación que pueda producir la profesión. Me dejaba esta sensación leer un artículo realizado por un juez, que relataba lo que con su título pretendía desarrollar: “Ser juez”, y que describía así la responsabilidad que les corresponde: “Al principio abruma, luego pesa y al final acabas asumiéndola. Se trata de estudiar cada asunto, de analizar cada cuestión y de resolver en conciencia”. La excesiva relajación que suponga asumir el papel es lo que puede acarrear el peligro, y en cuanto a la conciencia lo esperado es que se mantenga limpia de factores tóxicos.

 

Un comentario en “Sociedad y decisiones judiciales

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s